lunes, 16 de julio de 2012

Sueldos Trabajadores Agrarios año 2012 Cosecha de Papas


La Comisión Nacional de Trabajo Agrario, mediante la Resolución CNTA, Nº  55/2012 del día 4 de julio de 2012 y publicada en el Boletín Oficial el día 13 de julio de 2012, fijó las remuneraciones para el personal ocupado en tareas de cosecha de papas para la jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 5, para la provincia de Córdoba, con vigencia desde el 1º de junio de 2012. El expediente lleva el Nº 1.495.814/2012 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
En la provincia de Córdoba fueron publicados los sueldos para los trabajadores agrarios del año 2012 para la cosecha de papas.
De esta manera se dio a conocer el incremento de las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeñe este año cosechando papas en la jurisdicción de la provincia de Córdoba.
Esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo Nº 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727.
La tabla siguiente indica las remuneraciones mínimas a pagarse al personal ocupado en las tareas de COSECHA DE PAPAS, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 5, para la provincia de Córdoba a partir del día 1º de junio de 2012.
Se deberá tener en cuenta que los valores mas abajo indicados corresponden al trabajo con bolsas de hasta 30 kg. Cuando el peso sea mayor se abonarán importes calculados en forma proporcional.
Remuneraciones Trabajos Agrarios provincia de Córdoba Cosecha de Papas con bolsas de hasta 30 Kg. Junio de 2012
Abridor de surco por Día
Maquinista con Disco$ 172.04
Maquinista con Reja$ 172.04
Con surco Abierto con Maquina y sin clasificar en bolsas
Juntando en bolsa$ 1.85
Juntando con canasto$ 1.98
Juntando en maleta – bolsa  (juntar, coser y cargar)$ 3.78
Fichero por Día$ 154.22
Sacada de Bolsa de Rastrojo Boca abierta por Bolsa
Sacar bolsas de Rastrojo Boca abierta y vaciarla en galpón por bolsa$ 1.85
Clasificación: De papas en galpón o cancha de chacras por bolsas
Clasificar en montón, embolsado sin costura, sin recalcar$ 1.20
Costurero – Embocador
Boca cerrada$ 0.52
Boca Zig Zag$ 0.60
Boca media rejilla$ 1.60
Boca Rejilla doble$ 0.64
Recalcador por Bolsa y por Obrero$ 0.93
Carga en Chacra cualquier destino (por bolsa)
Carga por cinta y acomodar la bolsa sobre el vehículo$0.93
Carga sin Cinta y acomodar la bolsa sobre el vehículo$1.20


  • Se le deberá proveerle la comida cuando las cuadrillas cargadoras no regresen al lugar de partida antes de las 13.00 horas o de las 20.00 horas, durante los meses desde mayo hasta octubre y de las 21.00 horas en los restantes meses de año calendario. O en su defecto se les pagará  una suma de $31.- por comida diaria y por obrero.


Trabajo en galpones y playas de almacenamientos (para la cuadrilla por bolsa y sin comida)
Movimiento de Descarga o carga a pila, pilote, vehículo, incluso estibar, hombreando o sin hombrear sin cinta$1.20
Movimiento de Descarga, carga o interno, incluso estibar en pilotes hasta 12 bolsas de altura usando cinta o apiladora$0.93
Zarandear, embolsar y coser dejando la bolsa parada$1.47
En la construcciones de estiba o pilote dentro o fuera de los galpones, como asimismo en la carga de los camiones o acoplados sin baranda y chata del ferrocarril,    el trabajador que realice las tareas de estibar o acomodar, percibirá sobre el salario fijado para la cuadrilla un adicional por bolsa de$0.33
Cuando se cargue usando el burro o plancha con baranda fija y en cuyas puertas tengan travesaño que dificulte la entrada del personal con la bolsa al hombro, la cuadrilla cargadora percibirá sobre el salario fijado por las bolsas que se carguen por la altura de , un adicional por bolsa de$1.20
En todos los casos que se carguen camiones o acoplados con barandas fijas, por bolsas que excedan la altura de la baranda, por bolsas un recargo por bolsa de$0.33
Preparación de Semilla por Obrero y por Bolsa
Corte a mano por bolsa$4.77
Corte a máquina  por bolsa$3.19
JORNAL DIARIO: Jornal diario del personal de cosecha$154.22
JORNAL POR HECTÁREA: Para Personal Temporario$174.46
SUELDO MENSUAL GARANTIZADO: Para el personal temporario que trabaje en la cosecha durante el año 2012, será de$3.505.17

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